Cobertura al conductor de vehículo de pasajeros en caso de posibles accidentes cuyo resultado sea fallecimiento, invalidez total o permanente durante la practica de sus funciones en el servicio de transporte. Recordar que este seguro es obligatorio según lo establecido en el Decreto Supremo 80 (Art 23.) para todo conductor de transporte remunerado ya sea empleado o independiente.

Cobertura al conductor de vehículo de pasajeros en caso de posibles accidentes cuyo resultado sea fallecimiento, invalidez total o permanente durante la practica de sus funciones en el servicio de transporte. Recordar que este seguro es obligatorio según lo establecido en el Decreto Supremo 80 (Art 23.) para todo conductor de transporte remunerado ya sea empleado o independiente.

Principales coberturas
Muerte accidental, delictual o natural.
Invalidez total y permanente 80%
Desmembramiento
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